jueves, 5 de junio de 2008

APRUEBAN LEY CONTRA DELITOS INFORMATICOS

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La norma, que recibió el aval unánime de Diputados, considera al correo electrónico como correspondencia. Además, establece penas de hasta 4 años por la publicación de pornografía en Internet. Modifica así el Código Penal, que no contemplaba esa clase de delitos.

La Cámara de Diputados de la Nación convirtió en ley esta tarde un proyecto que establece penas para los delitos informáticos como la publicación de pornografía infantil a través de internet y la violación de correos electrónicos.

Se trata de un proyecto, que contaba con sanción del Senado, que busca modificar el Código Penal, al incluir a las comunicaciones por Internet como medio factible para cometer delitos contra la integridad sexual y contra la privacidad de las personas.

Tras un breve debate, la norma -que había sido modificada por el Senado- fue aprobada por unanimidad y con 185 votos favorables. La iniciativa surgió hace dos años cuando un grupo de periodistas denunció que sus casillas de correo habían sido violadas y, luego de varias rondas de consultas, se elaboró un proyecto para castigar ese tipo de delitos, aún no contemplados por el Código Penal.

En ese sentido, el proyecto establece penas de prisión de 15 días a 6 meses el que abriere o accediere indebidamente a una comunicación electrónica, una carta o un pliego cerrado.

Por otro lado, la norma establece penas de 6 meses a 4 años de prisión a quien publique imágenes pornográficas de menores de dieciocho años y condena de un mes a 3 años de cárcel a quien suministre esos materiales a menores de 14 años.

FUENTE: www.clarin.com


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Es delito acceder a un e-mail en forma indebida

Por Laura Serra
De la Redacción de LA NACION


Acceder a un e-mail de manera indebida y violar un sistema informático o una base de datos personales será a partir de ahora un delito castigado por el Código Penal, con una escala de penas excarcelables que van de los 15 días a los cuatro años de prisión.



Así lo dispone una ley aprobada ayer por unanimidad en la Cámara de Diputados, con 186 votos a favor. La norma tipifica esos delitos informáticos y los equipara con los de violación de correspondencia por carta y de comunicaciones telefónicas. E incorpora un artículo que sanciona la difusión de pornografía infantil.



La Cámara baja también aprobó el proyecto que obliga a las obras sociales y a las empresas de medicina prepaga a dar cobertura a los casos de obesidad. Pero como introdujo una modificación al texto, la iniciativa volvió al Senado.



Respecto de la pornografía infantil, la nueva ley sobre delitos informáticos establece que será reprimido con prisión de cuatro a seis años "el que produjere, ofreciere, comerciare o distribuyere, por cualquier medio, toda representación de un menor de 18 años dedicado a actividades sexuales explícitas o toda representación de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales".



También será penado quien organice espectáculos en vivo de representaciones sexuales explícitas en las que participen menores de edad, y quien facilite el acceso a ellos a menores de 14 años.



"Debemos tomar conciencia de que el espectacular desarrollo de la tecnología en los últimos tiempos abre las puertas a una nueva forma de delincuencia, para nosotros antes impensable. Por eso la necesidad de incorporar esta figura en el Código Penal", explicó el diputado Manuel Baladrón (FPV), presidente de la Comisión de Comunicaciones.



Espías, en la mira



El resto de la norma se refiere específicamente a la violación de la correspondencia en cualquiera de sus formas, estableciendo una escala penal de acuerdo con el tipo de delito (de lo que se informa por separado).



También se reprime con una pena de prisión de un mes a dos años al que, ilegítimamente, acceda a un banco de datos personales. Cuando el autor sea funcionario público sufrirá, además, pena de inhabilitación especial de uno a cuatro años.



Si bien el oficialismo y la oposición coincidieron en la necesidad de incorporar esta figura en el Código Penal, diputados opositores no desaprovecharon la oportunidad de cuestionar al Gobierno (y, en especial, a la SIDE) ante las denuncias por pinchaduras telefónicas de periodistas, dirigentes políticos y funcionarios durante la gestión de Néstor Kirchner. De hecho, el debate de esta ley surgió a partir de la denuncia por violación del correo electrónico del periodista de Clarín Daniel Santoro.



"No debemos preocuparnos tanto por los delitos de estafa que, por ejemplo, en que se puede incurrir por medio de la tecnología; lo que debemos defender es el derecho ciudadano a la privacidad, que los espías del Estado dejen de utilizar información privada como extorsión ", sostuvo Norma Morandini (Memoria y Democracia).



La normativa también prevé que la persona que defraude a otra mediante cualquier técnica de manipulación informática será penada con un mes a seis años de prisión.



Será reprimido con prisión de un mes a cuatro años el que "sustrajere, alterare o destruyere registros confiados a la custodia de un funcionario público".



El primer abuso a través de una computadora se registró en 1958 en los Estados Unidos y sólo en 1966 se llevó adelante el primer proceso por la alteración de datos de un banco de Minneapolis. Ese país sancionó la ley federal de protección de sistemas de 1985. Los países de la Comunidad Europea cuentan con duras leyes. Los más duros son Alemania, Holanda, Italia y Bélgica. En Oriente, Japón, Taiwan, Singapur y la India también cuentan con leyes que penan los delitos informáticos, al igual que Australia y Nueva Zelanda, en Oceanía.



En América latina este tipo de normativa no tuvo demasiados avances. El país que cuenta con una legislación más rigurosa es Chile, aunque la discusión parlamentaria sobre la importancia de penar estos delitos existe en prácticamente en todos los países.



El Federal Computers Investigation Committee, de los Estados Unidos, es la organización más importante e influyente en lo referente a delitos informáticos, con un plantel nacional de investigadores estatales, agentes federales, abogados, auditores financieros, programadores de seguridad y policías.



Este organismo entrena a fuerzas policiales de otros países .



Además existe la Asociación Internacional de Especialistas en Investigación Informática, compuesto por "forenses informáticos".



Principales puntos



  • Obtendrá prisión de 15 días a seis meses el que accediere indebidamente a una comunicación electrónica, una carta o un pliego cerrado, que no le esté dirigido, o indebidamente suprimiere o desviare una correspondencia o una comunicación electrónica.


  • La pena será de prisión de un mes a un año, si el autor comunicare a otro o publicare el contenido de la carta, despacho o comunicación electrónica. Si el hecho lo cometiere un funcionario, sufrirá inhabilitación por el doble del tiempo de la condena.


  • Será penado con prisión de 15 días a seis meses el que accediere, sin la debida autorización, a un sistema o dato informático de acceso restringido. La pena se eleva hasta un año si se trata de un sistema informático público.


  • Se reprimirá con multa de 1500 a 100.000 pesos a quien difundiere indebidamente una correspondencia, una comunicación electrónica o telefónica no destinadas a la publicidad y el hecho causare perjuicios a terceros.


  • Será penado con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial de uno a cuatro años, el funcionario que revelare hechos, actuaciones, documentos o datos, que por ley deben ser secretos.


  • Se reprimirá con prisión de un mes a dos años a quien ilegítimamente acceda a un banco de datos personales. Cuando el autor sea funcionario sufrirá inhabilitación especial de uno a cuatro años
FUENTE: www.lanacion.com.ar

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